Toda persona natural o jurídica puede abrir cuentas de ahorro sobre saldo diario (Líder) y la misma puede tener más de un titular. El cliente que desee abrir una cuenta de ahorros sobre saldos diarios (Líder) deberá cumplir los siguientes requisitos:
Personas Naturales:
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Cédula de Identidad o en su defecto pasaporte o comprobante de renovación.
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Recibo de Servicio Pubico (Agua, Luz, Telefono ).
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Referencias Bancarias ó Comerciales.
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Depósito inicial establecido por el Banco para la apertura de la cuenta de ahorro sobre saldo diario (Líder).
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Los menores emancipados que estén debidamente acreditados como tales por la autoridad pública pueden abrir y movilizar libremente sus cuentas de ahorros.
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En caso de menores no emancipados cuya edad este comprendida entre 14 y 18 años podrán movilizar cuentas de ahorros previa autorización dad por escrito de sus representantes legales, a través de un formulario de “Autorización”.
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La
persona natural que desee abrir una cuenta de ahorros
como comerciante, debe presentar el R.I.F Y el Registro
de Comercio en donde lo señale como firma personal.
Personas Jurídicas:
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Copia certificada del acta constitutiva y estatutos inscritos en el Registro Mercantil vigente.
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Cartas específicas que el titular determine sobre instrucciones especiales que puedan efectuar personas autorizadas.
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Fotocopia del R.I.F.
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Cédula de Identidad de los representantes legales.
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Depósito inicial establecido por el Banco, para la fecha de apertura de la cuenta de ahorros sobre saldo diario (Líder).
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Carta sobre la forma de movilización y firmas autorizadas.
Instrucciones:
Podrá
ser depositante toda persona natural, legalmente capaz, así
como las personas jurídicas que persigan fines benéficos,
culturales, científicos o de ahorros, las sociedades cooperativas
y las asociaciones profesionales, gremiales o laborales.